TEPJF rechaza ejercicio de revocación de mandato para Marina del Pilar
- Carlos e Carreon Valencia
- 17 dic 2025
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Por decisión unánime, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del Tribunal Electoral de Baja California (TEBC) en materia de revocación de mandato de la titular del Ejecutivo local.
La Sala Superior del TEPJF consideró que existe un impedimento constitucional para sujetar a la actual gobernadora de Baja California, Marina del Pilar Ávila Olmeda a este ejercicio, pues constitucionalmente sólo puede solicitarse dentro de los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año de ejercicio, periodo que ya transcurrió.
Además, indicó que no existe sospecha de inconstitucionalidad en las disposiciones locales que regulan la vigencia de la revocación de mandato en una temporalidad específica, pues el constituyente permanente no vinculó a las legislaturas locales a establecer un régimen de vigencia específico, ni las obligó a aplicar la figura respecto de encargos ya iniciados.
En sesión pública, a propuesta de la ponencia del magistrado presidente, Gilberto Bátiz García, la Sala Superior del TEPJF demostró que no existe base ni fundamento para ordenar que se instrumente la revocación de mandato para que la ciudadanía ejerza ese derecho respecto a la actual gubernatura de Baja California.
Esto debido a que existe un impedimento constitucional, además de que la Constitución General no impuso obligación alguna a las legislaturas locales respecto al periodo en que debía aplicarse por primera ocasión.
Por lo tanto, dejó firme el acuerdo del IEEBC en materia de revocación de mandato de la persona titular del Ejecutivo local, a partir del periodo de ejercicio de quien resulte electa o electo en el próximo proceso electoral local.
El Partido Revolucionario Institucional (PRI) impugnó la resolución del TEBC que, a su vez, confirmó el acuerdo del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), que determinó la viabilidad jurídica para emitir los lineamientos relativos a la etapa de recopilación de firmas ciudadanas para solicitar el procedimiento de revocación de mandato, a partir del periodo de ejercicio de quien resulte electa o electo en el próximo proceso electoral local.
El PRI argumentó que tanto el IEEBC como el Tribunal local debieron establecer una regulación provisional que hiciera posible ejercer la revocación de mandato durante el periodo de la gubernatura actual.
El partido político consideró que diferir la aplicación del mecanismo hasta el 2030 constituye una medida regresiva e injustificada que condena a la ciudadanía a cinco años de silencio participativo. También señaló que esta situación genera una protección política indebida para la actual gubernatura.




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